Condiciones Generales Obligatorias para el Envío de Mercadería o Documentos

El remitente, quien de ahora en adelante para efectos del presente documento se denominará el cliente, manifiesta conocer, acepta y está de acuerdo con las condiciones generales de esta Compañía de Envío, liberándola de toda responsabilidad, por lo que con el simple hecho de ejecutar el envío se tienen como aceptadas expresamente estas condiciones. El cliente declara que la Compañía de Envío no asume ninguna responsabilidad, en caso de que no firmara la correspondiente factura, pero se ejecutará el depósito del paquete o bulto, y para su envío se entenderá que el presente servicio está regulado por las normas de la ley del Código de Comercio.

El cliente reconoce y declara en este Compañía de Envío que el nombre, dirección, teléfono, forma de embalaje y contenido de lo transportado está de acuerdo con lo declarado. El cliente debe establecer el valor de la mercadería o encomienda a enviar, de lo cual dependerá el valor del servicio. En caso de no establecer valor o de declarar uno en relación a mercadería cuyo valor y descripción no haya sido declarado, EXPRECO no reconocerá, ni estará en relación a cubrir algún por la mercadería objeto del envío, asumiendo desde ya el cliente a EXPRECO de cualquier responsabilidad civil o penal, en caso de que su declaración no sea fidedigna.

El cliente reconoce y declara que el embalaje u empaque es el correcto y se hace responsable de los daños ocasionados en sus propios bienes y a terceros en sus bienes y personas, derivados por el embalaje u empaque incorrecto e insuficiente de los mismos. El cliente se hace responsable del embalaje, empaque o protección del objeto a enviar, sea cual fuere, como ya lo dejó, si este sufriere daños en el transcurso de la acción de transportación EXPRECO no reconocerá ningún valor o reparación respecto al bien transportado.

El cliente deberá declarar lo transportado reservándose el derecho EXPRECO de aceptar su transporte sin tener que dar explicación al cliente.

El cliente o en su caso el destinatario al cual deberá entregarle la mercadería, dispone de treinta (30) días calendario para presentar a EXPRECO cualquier reclamo relacionado con el envío, ya sea por extravío, destrucción total o parcial, daños, etc., dicho vencimiento de dicho plazo no se suspenderá durante los requisitos naturales, aun si el mismo es en días o fuera por fuerza mayor o caso fortuito. Si no se presentare por escrito dicho reclamo se tendrá como tarea tener del comprador entendido por EXPRECO firmado y confirmado por el destinatario, que solamente indemnizará y debidamente identificado como empleado de la empresa, pues de no cumplir con tales requisitos no recibirá por la parte el reclamo.

EXPRECO se obliga a transportar los bienes, terminando su responsabilidad en el manejo de la mercadería cuando el bien haya sido entregado al destinatario o a la persona o compañía por escrito en caso de negarse a recibirlo, de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 2. Si el destinatario niega la recepción de la mercadería, el bien será devuelto en el caso o bien si se niega a recibirla, con la presencia de dos testigos ajenos a la Empresa, que darán fe de lo cual. Si el destinatario indicare la puesta a disposición del destinatario la mercadería, negándose a firmar, por lo que se dé por entregada ante testigos, EXPRECO únicamente dispondrá en forma electrónica las COMPROBANTE DE ENVÍO y/o documentos conforme al contrato de acuerdo a la ley. El destinatario podrá solicitar información de los mismos mediante la copia del comprobante indicada en EXPRECO. La Compañía de Envío solo un (01) año calendario contará a partir de la ejecución del envío y después de este tiempo no se aceptará solicitudes, no documentales o administrativas alguna.

En caso que el cliente suministrare inexacta o con errores la dirección del destinatario, EXPRECO no tendrá que reconocerle la imposibilidad de la entrega, teniendo el cliente dos opciones: a) Recoger la mercadería en la sucursal regional de EXPRECO. b) Reenviar a EXPRECO una nueva tarifa de transporte, para que con la dirección correcta se proceda a la entrega. EXPRECO en caso de que el cliente se niegue a ambas opciones, se podrá reservarse la de retener la mercadería y procederá ya sea del destinatario o del cliente, hasta la cancelación de lo adeudado a EXPRECO, más bodegaje. En el caso que la suma de treinta (30) días se (sin) que el cliente cumpla con su obligación, EXPRECO está facultado para que el cliente retire la mercadería, proceda a la destrucción de lo que sea objeto de Transporte, para recuperar el valor del importe adeudado y en su caso realizar la devolución al cliente o en su defecto si el remitente así lo hubiere, después de haber cubierto el importe, gastos de bodegaje y otros cargos a vencer.

El cliente se obliga a indicar quién se encuentra autorizado para recibir la mercadería en la oficina del destinatario, indicándolo por escrito al enviar a la Empresa dos (2) personas autorizadas para recibir la misma, en cuyo caso de no indicarse tal entrega se entenderá que el autorizado es el que ocupa la residencia, oficina principal de la sociedad o sucursal, se exonera a EXPRECO de toda responsabilidad al respecto.

EXPRECO se reserva el derecho de transportar productos líquidos, gases, material inflamable, objetos frágiles sin ninguna protección, cuadros, productos perecederos sin el cambio de temperatura, dinero, valores en efectivo, títulos valores, animales, libre y/o cuando el remitente no los declare, EXPRECO no será responsable en caso de avería, extravío, apropiación o cualquier caso fortuito.

EXPRECO será responsable por el transporte de cualquier bien prohibido por las leyes hondureñas y en todo caso la responsabilidad civil o criminal será única y exclusivamente del remitente.

EXPRECO indemnizará al cliente, en caso de avería, pérdida total o parcial o expoliación, con cinco veces el valor del flete pagado, salvo en caso que el daño no haya pasado del diez por ciento del contenido o cinco por ciento del remitente, en cuyo caso EXPRECO no será responsable. En el caso que el seguro cubra el cien por ciento del valor del flete y/o entre a la tarifa EXPRECO únicamente hasta por un 75% EXPRECO indemnizará los gastos de embalaje, flete, y/o costos base el valor declarado por el cliente, comprobado al momento de la entrega por EXPRECO. En caso de que el cliente no lo haya declarado o bien que el valor real del bien de mercancía o de los EXPRECO estará libre de toda responsabilidad civil o penal, en relación al pago del valor de la mercadería y los daños y perjuicios que se pudieren haber ocasionado al cliente.

La forma de pago para el transporte de los bultos estipulados en el Comprobante de Envío cuando sean servicios al contado, en base a las tarifas vigentes de EXPRECO, y el crédito se regirá de acuerdo con las tarifas pactadas entre las partes y no pactados de acuerdo a las tarifas vigentes de EXPRECO. Los costos del servicio al crédito se harán mediante la comisión que sea la factura, la que deberá ser cancelada por el cliente cinco (5) días después de su presentación, en toda transacción que ascienda de 2,000.00 al menudeo.

En caso de que EXPRECO sufriere retrasos en la entrega de la mercadería, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, el Cliente libera de toda responsabilidad a EXPRECO.

EXPRECO S. de R. L. queda excluida de toda responsabilidad civil en caso de pérdidas, averías o expoliación derivados de causas fortuitas o de fuerza mayor debidamente comprobadas.

Queda entendido y convenido que en caso de controversias en relación a las Condiciones Generales Obligatorias Para el Envío de Mercadería o Documentos, las partes se someten expresamente al Juzgado de Letras de lo Civil del Departamento de Francisco Morazán.

La responsabilidad de EXPRECO o de Compañía de Envío se regirá de acuerdo a lo estipulado en el Código de Comercio, ley de Honduras, y demás leyes aplicables de Honduras.

NO ACEPTE ALTERACIONES EN ESTE COMPROBANTE. ESTE COMPROBANTE DE ENVÍO NO ES COMPROBANTE DE PAGO.